Este es el artículo menos glamuroso del bloque coreano y el que más dinero ahorra. Porque el margen de un negocio de importación no se gana vendiendo: se gana o se pierde en la aduana, en el IVA y en el régimen fiscal que elijas.
El acuerdo UE-Corea: arancel cero
El tratado de libre comercio entre la Unión Europea y Corea del Sur se aplica desde julio de 2011 con carácter provisional y desde diciembre de 2015 de forma definitiva. Elimina aranceles en el 98,7% de las líneas arancelarias.
Traducido: lo que importas de Corea entra al 0% de arancel.
| Producto | Con acuerdo | Sin acuerdo |
|---|---|---|
| Cosmética | 0% | 0-6,5% |
| Textil y ropa | 0% | hasta 12% |
| Electrónica de consumo | 0% | 2-14% |
| Juguetes, peluches, papelería | 0% | variable |
| CD, libros, vinilos | 0% | variable |
| Alimentación procesada | mayoría 0% | variable con cuotas |
La trampa donde caen todos los novatos
Que un producto venga físicamente de Corea no basta. Tiene que ser originario de Corea según las reglas del acuerdo.
Se acredita con una declaración de origen del exportador en la propia factura comercial. No se usa el certificado EUR.1 que quizá conozcas de otros acuerdos.
Y hay un umbral que conviene tener grabado: 6.000 €. Por debajo, cualquier exportador coreano puede declarar el origen. Por encima, el exportador tiene que estar registrado como exportador autorizado.
Si la declaración no llega bien redactada, pagas el arancel completo. Sin discusión y sin margen de negociación.
Documentación de cada importación
Documento único administrativo, factura comercial con la declaración de origen literal, lista de contenido, conocimiento de embarque o guía aérea, y los certificados específicos del producto.
Conserva los originales firmados cuatro años como mínimo. Una inspección posterior te reclama el arancel no pagado más intereses más una sanción de entre el 50% y el 150% del importe.
El IVA y el recargo de equivalencia
El IVA de importación se calcula sobre el valor en aduana —coste más flete más seguro— más el arancel. El tipo es el que correspondería a una venta interior del mismo producto:
- 10%: alimentación procesada (kimchi, ramen, salsas) y restauración en local.
- 4%: alimentación básica, libros, periódicos y revistas.
- 21%: cosmética, bebidas alcohólicas, CD musicales, electrónica, textil, peluches y juguetes.
El recargo de equivalencia: lee esto o quiebras
Es obligatorio para minoristas persona física —o comunidad de bienes— que venden a consumidor final sin transformar el producto. No es opcional y mucha gente lo descubre tarde.
Tipos vigentes: 5,2% sobre productos al 21%, 1,4% sobre los del 10% y 0,5% sobre los del 4%.
Estando en recargo de equivalencia no declaras IVA, pero tampoco deduces el IVA soportado. Esa segunda parte es la que duele cuando has metido 40.000 € de stock.
El gancho al importar directo
Aquí está el error caro. Cuando importas tú mismo desde un país tercero, en la aduana no hay proveedor español que te repercuta el recargo. Es tentador pensar que te lo ahorras.
No es así. Hay que presentar el modelo 309, una declaración no periódica, donde ingresas el IVA de importación más el recargo que te habría facturado un proveedor español. Importar directo no te exime del recargo.
¿Cuándo conviene salir del régimen? Si más del 20% de tus ventas anuales son a otros profesionales o empresas, puedes pedir el régimen general y recuperas el derecho a deducir el IVA soportado. Con volumen de stock alto, la diferencia es de miles de euros al año.
El proceso, paso a paso
- Pedido con incoterm acordado en origen.
- Embarque marítimo: 40-45 días vía Suez, 55-60 rodeando África. El aéreo tarda 5-10 días y cuesta tres o cuatro veces más.
- Llegada a puerto español. Valencia es el preferido para Asia y sale entre un 5% y un 15% más barato que las alternativas.
- Despacho por agente de aduanas.
- Pago de IVA de importación, arancel (0% con acuerdo) y tasas.
- Liberación y transporte interno.
Costes típicos
- Agente de aduanas: 50-150 € por documento estándar.
- Tasa de inspección para productos electrónicos: 30-100 €.
- Tasa sanitaria para alimentación y cosmética: 50-200 €.
- Almacenaje en puerto a partir del tercer o cuarto día: 5-30 €/día.
- Transporte interno desde Valencia: 100-500 € según volumen.
Contenedor completo o carga consolidada
La carga consolidada cuesta 45-120 dólares por metro cúbico desde Asia, con un mínimo de un metro cúbico. El contenedor completo se movía entre 3.367 y 4.179 dólares en la ruta Asia-Mediterráneo durante 2026.
El punto de equilibrio para pasar a contenedor completo está entre 15 y 18 metros cúbicos. Por debajo, consolidado. Por encima, contenedor propio.
La ventana de oro 2026-2028
Este es el cambio normativo que más va a mover el tablero y casi nadie lo ha leído.
Hasta ahora, los envíos de fuera de la UE por debajo de 150 € entraban sin arancel. Desde el 1 de julio de 2026 se aplica un derecho fijo transitorio de 3 € por artículo, y a partir de julio de 2028, el arancel completo según partida.
La implicación es directa: el envío individual desde tiendas online coreanas al consumidor español se encarece 3 € por cada categoría arancelaria distinta. Un aficionado que pide un álbum, un set de fotocartas y un peluche paga 9 € extra.
Eso es una ventaja competitiva clara para el comercio local que importa al por mayor, y tiene fecha: 2026-2028. Después, el diferencial se estrecha porque el arancel completo también encarece tu importación.
Canarias, el chollo estructural
Merece mención aparte porque cambia las cuentas de verdad.
Canarias no aplica IVA sino IGIC, con tipos sustancialmente más bajos y un tipo cero para libros, periódicos y revistas, entre otros. Además existen regímenes específicos: la Zona Especial Canaria tributa al 4% en el impuesto de sociedades frente al 25% peninsular, y la Reserva para Inversiones permite diferir tributación reinvirtiendo en el archipiélago.
La contrapartida es el arbitrio que protege la producción local y el coste del transporte desde península: 1.000-3.200 € por contenedor de 20 pies según puerto de origen.
Con volumen suficiente, la diferencia fiscal compensa el flete con holgura. Con volumen pequeño, no.
Preguntas frecuentes
¿Qué arancel se paga al importar de Corea?
Cero en el 98,7% de las líneas arancelarias, gracias al acuerdo de libre comercio UE-Corea vigente desde 2011. Pero solo si el producto es originario de Corea según las reglas del acuerdo y el exportador lo declara correctamente en la factura comercial.
¿Cómo se acredita el origen coreano?
Con una declaración de origen del exportador en la propia factura comercial, no con certificado EUR.1. En envíos de hasta 6.000 € puede declararla cualquier exportador coreano; por encima de esa cifra, el exportador debe estar registrado como exportador autorizado. Si la declaración falla, se paga el arancel completo.
¿Qué es el recargo de equivalencia y a quién afecta?
Es un régimen obligatorio para minoristas persona física o comunidad de bienes que venden a consumidor final sin transformar el producto: 5,2% sobre artículos al 21%, 1,4% sobre los del 10% y 0,5% sobre los del 4%. No declaras IVA pero tampoco deduces el soportado, lo que pesa mucho con stock alto.
¿Importar directo evita el recargo de equivalencia?
No. Al importar de un país tercero no hay proveedor español que lo repercuta, pero hay que autoliquidarlo mediante el modelo 309, ingresando el IVA de importación más el recargo que habría facturado un proveedor nacional. Es uno de los errores más caros de quien empieza.
¿Cuánto tarda y cuánto cuesta traer un contenedor de Corea?
El marítimo tarda 40-45 días vía Suez o 55-60 rodeando África; el aéreo, 5-10 días a tres o cuatro veces el precio. La carga consolidada cuesta 45-120 dólares por metro cúbico y el contenedor completo se movió entre 3.367 y 4.179 dólares en 2026. El punto de equilibrio para pasar a contenedor propio está en 15-18 metros cúbicos.
¿Por qué 2026-2028 es una ventana favorable?
Porque desde julio de 2026 desaparece la exención de los envíos por debajo de 150 € y se aplican 3 € fijos por artículo, lo que encarece la compra directa del consumidor español a tiendas coreanas. El comercio local que importa al por mayor gana margen competitivo hasta julio de 2028, cuando entra el arancel completo.
El arancel es cero, pero el arancel nunca fue el problema. El problema son la declaración de origen mal redactada, el recargo de equivalencia que no sabías que te aplicaba y el modelo 309 que nadie te contó.
Con esto resuelto, los modelos ordenados por presupuesto están en la matriz de decisión.



